Reinversión de la venta de un activo en rentas vitalicias: ¿me interesa?

reinversión de la venta de un activo en rentas vitalicias

¿Tienes 65 años o más? Quizá en ese caso te interesaría conocer en qué consiste una reinversión de la venta de un activo en rentas vitalicias. ¿Te lo explicamos? En ese caso, te invitamos a que no te pierdas todo lo que vamos a contarte en este nuevo post de nuestro blog. ¡Esperamos que os sea de utilidad!

Como ya sabrás, a medida que nos hacemos mayores, la responsabilidad de pensar en nuestro futuro crece. Por suerte, tenemos a nuestra disposición una buena cantidad de productos financieros que nos ayudan a mejorar nuestra posición económica. Ya os hablamos alguna vez de ellos, como puede ser por ejemplo el seguro de renta vitalicia. Si quieres conocer todas sus características, puedes pasar por ese artículo en el que te ofrecemos interesantes detalles.

Pero nos centramos ahora en la reinversión de la venta de un activo en rentas vitalicias. Esta opción es muy aconsejable cuando se va a vender o se ha vendido (siempre que no hayan transcurrido más de 6 meses desde su venta) una segunda vivienda. Por lo tanto, es básico que esa operación no sea en ningún caso la vivienda habitual. También podremos recurrir a esta alternativa en el caso de vender acciones, fondos de inversión, tierras, una oficina de farmacia, una licencia de taxi o cualquier otro derecho que desemboque en una ganancia patrimonial para la personal. En lo que se refiere a vender la vivienda en la que se vive, también se puede reinvertir posteriormente, pero para mayores de 65 años está exenta en cualquier caso.

Un punto que tienes que saber es que si reinviertes el total o una parte en un producto de este tipo (hasta un importe máximo de 240.000 euros), la ganancia patrimonial queda totalmente exenta. Si nos pasamos de este máximo fijado, se comenzará a aplicar una regla proporcional. De esta manera, solo quedará exenta una parte de ganancia.

Algunos puntos clave sobre la reinversión de la venta de un activo en rentas vitalicias que tienes que saber es que podrás disponer del ahorro de manera anticipada. Eso sí, ten en cuenta que cuando se inicie el cobro, se perderá la exención. Del mismo modo, no es posible movilizarlo a otro producto.