Le ofrecemos cobertura a los empleados de la empresa y así poder dar respuesta a las obligaciones recogidas en los convenios colectivos de los trabajadores. El hecho de no contratarlo, siendo obligatorio, le supone al empresario hacer frente a las indemnizaciones de sus empleados.
Va dirigido especialmente a las Empresas, siendo asegurados los empleados dados de alta en TC2 de la empresa tomadora.
¿Qué cubrimos?
Cubre el riesgo de fallecimiento o la invalidez, en sus distintos grados, de los trabajadores de su empresa producidos por causas accidentales, pero también es posible asegurar las enfermedades profesionales en su consideración de accidentes laborales.
¿Qué ventajas tiene?
Además de cumplir con la obligatoriedad del convenio colectivo de su sector o actividad, permite a las empresas
Dar un beneficio social a su plantilla con un bajo coste.
Motivar y fidelizar a los empleados otorgando un modelo de previsión social complementaria.