¿Es obligatorio aceptar los seguros impuestos por la banca al firmar un préstamo ?

Es práctica habitual en la banca intentar imponer con mejor o peor arte la contratación de seguros de vida, hogar, salud, empresa, … a las familias y empresas que solicitan un crédito, pero mucha gente desconoce si es una práctica correcta y sobretodo si es legal. Normalmente son propuestas de seguro pensadas únicamente en aumentar sus márgenes de ingresos, no están bien diseñadas y sólo protegen los intereses de los propios bancos, además de ser más caras que las similares ofrecidas por agentes de seguros profesionales.  En algunos casos hasta llega a duplicarse la prima. ¿Es legal esta imposición?

No es legal. La Ley lo especifica de manera muy clara:   “Los mediadores de seguros y de reaseguros privados no podrán imponer directa o indirectamente la celebración de un contrato de seguro”.   (Ley 26/2006 de mediación de seguros y reaseguros privados y su artículo 5.2 e)

Por tanto, la entidad financiera que intente condicionar el crédito a la contratación de un seguro está incumpliendo la ley  ya que supedita la concesión o no de la operación solicitada a la firma de algo a lo cual la Ley prohíbe obligar.

La realidad es que aunque sea ilegal, muchos clientes acaban firmando con tal de que se les facilite el dinero solicitado.

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¿Hay solución ?

Si, acogerse a la figura del desistimiento, recogida en la Ley del Contrato del Seguro 50/1980 en su artículo 83.a.

Si nos vemos obligados a firmar un seguro coaccionados por el banco y queremos rechazarlo, existe un plazo de desistimiento, es decir, un plazo máximo de 14 días (en seguros de vida 30 días) desde que el asegurador le entrega la póliza definitiva o el documento de cobertura provisional el tomador del seguro puede resolver el contrato sin indicar los motivos, sin que ello suponga penalización alguna y sin que la aseguradora pueda oponerse a la anulación ya que se está ejerciendo el derecho que otorga el artículo 83.a.

En resumen, podemos firmar el seguro de vida que el banco impone para posteriormente anularlo dentro de los 30 días siguientes a dicha firma.

Este es un artículo de opinión profesional y personal.

En caso de necesitar ayuda o ampliar la información, pueden contactar con nosotros y le guiaremos sin coste alguno y sin compromiso, además de enviarle un modelo de escrito al banco para ejercer su derecho de desistimiento.

Mastery Sass, Agencia Premier AXA Seguros

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